El Mar reúne para muchas personas lo que siempre habían soñado: descanso, placer y deporte. Para que pueda disfrutarlo plenamente.
SEGURO DE EMBARCACIONES DE RECREO Y DEPORTIVAS.
COBERTURAS BASICAS:
-Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria (Real Decreto 607/1999 de 16 de abril) por daños a terceros, tanto materiales como personales, incluso los producidos por el esquiador náutico.
-Pérdida Total, Pérdida Total Constructiva, Abandono y Robo de la embarcación asegurada por causa de riesgos de mar durante las operaciones corrientes de su actividad.
-Daños Propios, quedan cubiertos los daños que sufra la embarcación a consecuencia de:
• Choque, abordaje, varada, embarrancada, naufragio, explosión del motor, incendio, golpe de mar mientras se encuentre a flote o durante operaciones de botadura.
• Sustracción y daños por actos de piratería o expoliación.
• Robo con violencia de la embarcación o de sus partes fijas, mientras se encuentren en puertos y playas con la debida vigilancia o en tierra en locales cerrados.
• Daños a la embarcación o a sus partes fijas a consecuencia de robo o intento de robo, mientras se encuentren en puertos y playas con la debida vigilancia o en tierra en locales cerrados.
• Daños a la embarcación durante su traslado por carretera.
• Daños de la embarcación o de sus partes fijas por incendio mientras permanezca en locales cerrados.
• Los aparejos o accesorios no fijos, se garantiza, única y exclusivamente en caso de Pérdida Total.